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cuestión de inconstitucionalidad contra los matrimonios homosexuales
Enviado por el día 20 de Julio de 2005 a las 10:40
menuda pérdida de tiempo. el constitucional, en 1995, ya habló de la constitucionalidad de una legislación que regulase el matrimonio homosexual.
qué ganas de tocar las narices.
saludos
qué ganas de tocar las narices.
saludos
Re: cuestión de inconstitucionalidad contra los matrimonios homosexuales
Enviado por el día 20 de Julio de 2005 a las 12:18
La Juez está en su derecho a "tocar las narices", Rafer. Para eso se articuló la cuestión de inconstitucionalidad; y supongo que se preocupará de fundamentarla. No olvides la doctrina del Consejo de Estado.
Un saludo.
Un saludo.
Re: Re: cuestión de inconstitucionalidad contra los matrimonios homosexuales
Enviado por el día 20 de Julio de 2005 a las 15:55
Es igual, rafer. Piensa que, por mucho que quieran marear la perdiz, la ley está aprobada y no tiene vuelta atrás.
Saludos.
Saludos.
Re: Re: Re: cuestión de inconstitucionalidad contra los matrimonios homosexuales
Enviado por el día 20 de Julio de 2005 a las 17:11
cide: si existe jurisprudencia constitucional sobre el asunto, no hay duda, no hay cuestión. por otro lado, es competente el juez encargado del registro civil de interponer la cuestión de constitucionalidad? yo creo que no. no se trata de una cuestión jurisdiccional.
calurosos (en ambos sentidos) saludos
calurosos (en ambos sentidos) saludos
Re: Re: Re: Re: cuestión de inconstitucionalidad contra los matrimonios homosexuales
Enviado por el día 20 de Julio de 2005 a las 17:44
La cuestión sobre si el Juez Encargado del RC puede o no plantear cuestión de inconstitucionalidad es muy probable que se salve en sentido afirmativo si el TC aplica (y hay precedentes) su concepción de la cuestión de constitucionalidad como "expediente depurador del sistema".
De otro lado, aludes a Jurisprudencia constitucional del año 1995 favorable a la regulación de matrimonios homosexuales que impediría de todo punto que la objeción de legalidad prosperase.
Yo no estaría tan segura, pues parte de la doctrina del TC consiste en "....admitir la plena constitucionalidad del principio heterosexual como calificador del vínculo matrimonial, tal como prevé nuestro Código Civil; de tal manera que los poderes públicos pueden otorgar un trato de privilegio a la unión familiar constituida por hombre y mujer frente a una unión homosexual. Lo cual no excluye, que por el legislador se pueda establecer un sistema de equiparación por el que los convivientes homosexuales puedan llegar a beneficiarse de los plenos derechos y beneficios del matrimonio, tal como propugna el Parlamento Europeo".. Nota que, por un lado habla del matrimonio y, por otro, respecto de los homosexuales, de un "sistema de equiparación".
Por otro lado, la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación , el Consejo del Poder Judicial y el Consejo de Estado han planteado, directa o indirectamente, dudas acerca de la constitucionalidad de la regulación del matrimonio homosexual. En concreto, se ha insistido en que la CE establece una "garantía institucional" (Definida por el TC) a favor del matrimonio heterosexual. La existencia de una garantía institucional ya dota de materia a una cuestión de inconstitucionalidad.
Saludos.
De otro lado, aludes a Jurisprudencia constitucional del año 1995 favorable a la regulación de matrimonios homosexuales que impediría de todo punto que la objeción de legalidad prosperase.
Yo no estaría tan segura, pues parte de la doctrina del TC consiste en "....admitir la plena constitucionalidad del principio heterosexual como calificador del vínculo matrimonial, tal como prevé nuestro Código Civil; de tal manera que los poderes públicos pueden otorgar un trato de privilegio a la unión familiar constituida por hombre y mujer frente a una unión homosexual. Lo cual no excluye, que por el legislador se pueda establecer un sistema de equiparación por el que los convivientes homosexuales puedan llegar a beneficiarse de los plenos derechos y beneficios del matrimonio, tal como propugna el Parlamento Europeo".. Nota que, por un lado habla del matrimonio y, por otro, respecto de los homosexuales, de un "sistema de equiparación".
Por otro lado, la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación , el Consejo del Poder Judicial y el Consejo de Estado han planteado, directa o indirectamente, dudas acerca de la constitucionalidad de la regulación del matrimonio homosexual. En concreto, se ha insistido en que la CE establece una "garantía institucional" (Definida por el TC) a favor del matrimonio heterosexual. La existencia de una garantía institucional ya dota de materia a una cuestión de inconstitucionalidad.
Saludos.
Re: Re: Re: Re: Re: cuestión de inconstitucionalidad contra los matrimonios homosexuales
Enviado por el día 20 de Julio de 2005 a las 18:47
estoy de acuerdo con tu puntualización. sin embargo, el debate nominalista me parece bastante flojo, a la hora de determinar la inconstitucionalidad de una ley.
sobre todo teniendo en cuenta que del literal de la constitución no se desprende un límite a esa garantía institucional. es decir, nada impide que el matrimonio y la familia que gozan de protección constitucional sean de carácter distinto a la "familia tradicional".
creo que la cuestión, o el recurso del que se habla, no tienen absolutamente ninguna posibilidad de prosperar.
saludos
sobre todo teniendo en cuenta que del literal de la constitución no se desprende un límite a esa garantía institucional. es decir, nada impide que el matrimonio y la familia que gozan de protección constitucional sean de carácter distinto a la "familia tradicional".
creo que la cuestión, o el recurso del que se habla, no tienen absolutamente ninguna posibilidad de prosperar.
saludos
Re: Re: Re: Re: Re: cuestión de inconstitucionalidad contra los matrimonios homosexuales
Enviado por el día 20 de Julio de 2005 a las 23:40
Y además está el tema importante de base: ¿la constitución qué mierdas es? ¿Está por encima de quién? ¿No es fruto de nuestro consenso e ideales?
Pues hoy ese consenso busca la aceptación del matrimonio homosexual, con todas las letras. Si la constitución no lo recoge así, no debe plantearse la constitucionalidad de este derecho civil, sino incluirlo en la constitución directamente.
Perdonad mi ingenuidad, pero es que quería expresar el sentido común en vez de los galimatías jurídicos convencionales.
Pues hoy ese consenso busca la aceptación del matrimonio homosexual, con todas las letras. Si la constitución no lo recoge así, no debe plantearse la constitucionalidad de este derecho civil, sino incluirlo en la constitución directamente.
Perdonad mi ingenuidad, pero es que quería expresar el sentido común en vez de los galimatías jurídicos convencionales.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: cuestión de inconstitucionalidad contra los matrimonios homosexual
Enviado por el día 23 de Julio de 2005 a las 15:53
yo estoy a favor de las bodas homosexuales, pero existe jurisprudencia del TC, que dice que cuando la CE se refiere expresamente a matrimonio entre hombre y mujer, niegua el derecho a personas del mismo sexo.
Pero la CE como todo está para cambiarla así que sí hay que cambiarla se cambia y punto, las COnsituciones no son algo estático en el tiempo, si no que su mayor virtud debería ser una flexibilidad que garantice su perdurabilidad.
Pero la CE como todo está para cambiarla así que sí hay que cambiarla se cambia y punto, las COnsituciones no son algo estático en el tiempo, si no que su mayor virtud debería ser una flexibilidad que garantice su perdurabilidad.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: cuestión de inconstitucionalidad contra los matrimonios homose
Enviado por el día 25 de Julio de 2005 a las 12:06
no conozco esa jurisprudencia, ruzo. tienes por ahí la cita, o la referencia? la única jurisprudencia que he encontrado yo no se opone a la constitucionalidad del matrimonio homosexual. simplemente establece que no se configura como un derecho de los ciudadanos, como el matrimonio heterosexual. no acabo de estar de acuerdo con esto último, pero, insisto, no he encontrado jurisprudencia que niegue expresamente la constitucionalidad del matrimonio entre personas del mismo sexo.
saludos
saludos
Re: Re: Re: Re: Re: cuestión de inconstitucionalidad contra los matrimonios homosexuales
Enviado por el día 24 de Julio de 2005 a las 15:47
Pues bien, que llegue la cuestión al constitucional. Que quede sentado de una vez por todas.
Al fin y al cabo se discute tan sólo sobre una cuestión de "términos".
Al fin y al cabo se discute tan sólo sobre una cuestión de "términos".
Re: Re: Re: Re: Re: Re: cuestión de inconstitucionalidad contra los matrimonios homosexual
Enviado por el día 25 de Julio de 2005 a las 21:37
De la simple lectura de la Constitución se desprende que al hablar del derecho al matrimonio lo hace del contraído entre personas de distinto sexo.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: cuestión de inconstitucionalidad contra los matrimonios homose
Enviado por el día 25 de Julio de 2005 a las 21:38
Pero no prohíbe el matrimonio homosexual.
Y todo lo no expresamente prohibido está permitido.
Y todo lo no expresamente prohibido está permitido.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: cuestión de inconstitucionalidad contra los matrimonios ho
Enviado por el día 25 de Julio de 2005 a las 21:51
Es un artículo prescriptivo, por lo tanto manda algo, y no deja otra posibilidad.
De todas formas tal como está el Tribunal Constitucional puede pasar cualquier cosa, pero a mí no lograrán convencerme de que el matrimonio homosexual es constitucional.
De todas formas tal como está el Tribunal Constitucional puede pasar cualquier cosa, pero a mí no lograrán convencerme de que el matrimonio homosexual es constitucional.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: cuestión de inconstitucionalidad contra los matrimonio
Enviado por el día 25 de Julio de 2005 a las 22:08
No "prescribe" otra cosa que "la ley" amparará el matrimonio heterosexual. Pero no prohibe que esa misma ley ampare el matrimonio homosexual, y así ha declarado el TC: ha dicho que la CE protege uno, pero no prohibe ni exige el otro.
Ademas ese articulo debe interpretarse a tenor de los arts. 9.2 y 14 CE.
Ademas ese articulo debe interpretarse a tenor de los arts. 9.2 y 14 CE.
