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Zanjada la cuestión sobre los matrimonios gay
Enviado por el día 8 de Septiembre de 2005 a las 19:40
Re: Zanjada la cuestión sobre los matrimonios gay
Enviado por el día 9 de Septiembre de 2005 a las 18:01
Todavía falta el pronunciamiento del Tribunal Constitucional
Re: Re: Zanjada la cuestión sobre los matrimonios gay
Enviado por el día 9 de Septiembre de 2005 a las 19:11
¿Alguien ha interpuesto recurso o cuestión?
Re: Re: Re: Zanjada la cuestión sobre los matrimonios gay
Enviado por el día 9 de Septiembre de 2005 a las 19:35
Algún juez ya lo ha hecho,además de este canario.

http://www.lexureditorial.com/noticias/0508/121713...

Saludos.
Re: Re: Re: Re: Zanjada la cuestión sobre los matrimonios gay
Enviado por el día 9 de Septiembre de 2005 a las 20:16
Ya van tres jueces por lo menos, y con el primero se cebaron a críticas con él desde el Ministerio de Justicia.

Pero lo que estoy esperando es que el PP presente recurso de inconstitucionalidad y manifieste su intención de meter en el programa electoral de las próximas generales que si el TC no anula la Ley él la derogará.
Re: Re: Re: Re: Re: Zanjada la cuestión sobre los matrimonios gay
Enviado por el día 9 de Septiembre de 2005 a las 20:21
Gran idea, así el PP quedará como el partido conservador que es.

Supongo que el TC declarará la constitucionalidad de la norma.
Re: Re: Re: Re: Re: Zanjada la cuestión sobre los matrimonios gay
Enviado por el día 9 de Septiembre de 2005 a las 20:22
Bueno,no se si se podrá derogar una ley aprobada por el parlamento,pero si es así,en lugar de gobernar esté quien esté,se van a dedicar a tirar abajo las leyes aprobadas por el ejecutivo anterior.

Re: Re: Re: Re: Re: Re: Zanjada la cuestión sobre los matrimonios gay
Enviado por el día 9 de Septiembre de 2005 a las 20:23
Como el PSOE con la LOCE o el Plan Hidrológico Nacional.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Zanjada la cuestión sobre los matrimonios gay
Enviado por el día 9 de Septiembre de 2005 a las 20:23
Se puede derogar, pero no tendria efectos retroactivos, es decir, los gays casados antes seguirian casados.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Zanjada la cuestión sobre los matrimonios gay
Enviado por el día 9 de Septiembre de 2005 a las 20:30
Pues sería una chorrada con perdón,los que no se pudieran casar,se sentirían discriminados y con razón.
Además,parece que no lo llevan a cabo muchos,que yo sepa hasta la fecha han ejercido ese derecho 25 parejas.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Zanjada la cuestión sobre los matrimonios gay
Enviado por el día 9 de Septiembre de 2005 a las 20:53
Si el TC declarase la ley inconstitucional, los matrimonios efectuados a su amparo ¿se entenderían válidos? ¿qué entendemos por efectos generales cuando la ley que desarrolla el TC afirma que la inconstitucionalidad de una ley produce tales efectos desde la fecha de la publicación de la sentencia en el BOE?
¿Ýlguien puede aclarar este tema?
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Zanjada la cuestión sobre los matrimonios gay
Enviado por el día 9 de Septiembre de 2005 a las 20:55
Los efectos positivos subsistirian, digo yo. Los negativos no. En todo caso, dudo bastante que el TC pudiera declarar esta ley inconstitucional.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Zanjada la cuestión sobre los matrimonios gay
Enviado por el día 9 de Septiembre de 2005 a las 21:02
Yo de quien dudo es del TC, pero de la ley no tengo la más mínima duda acerca de su inconstitucionalidad. No hay más correcta interpretación del art. 32.1 que esa.

Rogaría a quienes fueran entendidos en derecho del foro que nos aclaren lo de los efectos generales de una declaración de inconstitucionalidad.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Zanjada la cuestión sobre los matrimonios gay
Enviado por el día 9 de Septiembre de 2005 a las 21:05
"No hay más correcta interpretación del art. 32.1 que esa."

Vaya, Agente Savigny, no estoy de acuerdo: pues el mencionado artículo no prohíbe regular el matrimonio homosexual, y como todos sabemos "la libertad es la regla general y la prohibición la excepción", por lo que "las prohibiciones deben ser siempre expresas e interpretarse restrictivamente".

¿Qué artículo de la CE prohibe regular el matrimonio homosexual?
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Zanjada la cuestión sobre los matrimonios
Enviado por el día 9 de Septiembre de 2005 a las 21:15
El 32.1 de la CE prescribe que el matrimonio sea entre el hombre y la mujer, en otro caso hablaría de españoles, ciudadanos, todos...
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Zanjada la cuestión sobre los matrimon
Enviado por el día 9 de Septiembre de 2005 a las 21:17
No, no:

Artículo 32

1. El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica.
2. La ley regulará las formas de matrimonio, la edad y capacidad para contraerlo, los derechos y deberes de los cónyuges, las causas de separación y disolución y sus efectos.

¿Dónde prohíbe ese artículo regular un matrimonio homosexual?

Recordemos que todo aquello que no prohíbe la constitución está permitido.

Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Zanjada la cuestión sobre los matr
Enviado por el día 9 de Septiembre de 2005 a las 21:36
El matrimonio es el formado entre el hombre y la mujer.
Lo que no prohíbe la CE es regular otro tipo de uniones, pero deberá hacerse con otra denominación distinta a la de matrimonio.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Zanjada la cuestión sobre los
Enviado por el día 9 de Septiembre de 2005 a las 21:39
¿Por qué deberá hacerse con otra denominación? Ahí no dice nada de eso. Se limita a decir que el hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio. No dice que sean LOS UNICOS que tienen ese derecho.

Por otro lado, si la inconstitucionalidad fuera solo por la denominación, el TC se limitaria a pedir que se cambiara el nombre dejando íntegro todo lo demás, por lo que la relevancia jurídica de la sentencia sería inexistente.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Zanjada la cuestión sobre
Enviado por el día 9 de Septiembre de 2005 a las 21:44
Pues porque en caso de otra denominación su voltaje jurídico sería distinto, y por pura lógica, inferior, ya que estaría regulando otro tipo de convivencias que no tendrían la misma complejidad ni la misma trascendencia social, y si me apuras, la misma historia y tradición (en los que éstas tienen de experiencia contrastada).
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Zanjada la cuestión so
Enviado por el día 9 de Septiembre de 2005 a las 21:47
Pero la CE no dice que eso deba ser así, permite el matrimonio homosexual al no establecer nada al respecto. Tampoco dice en ninguna parte que el matrimonio heterosexual deba estar más protegido que otras formas de convivencia.

La CE también dice que se promoverán las cooperativas, pero eso no significa que prohíba el resto de formas societarias, que obviamente se podrán regular y se regulan.

Por otro lado: los arts. 9.2 y 14 CE refuerzan la permisión de ese matrimonio.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Zanjada la cuestió
Enviado por el día 9 de Septiembre de 2005 a las 22:00
El simple hecho de ser citada en la Consititución hace que una institución se coloque en un plano superior. No todas las existentes tienen ese privilegio. El noviazgo también tiene solera, y está vigente, y sin embargo no está en la Constitución, por ejemplo.

Y repito, la unión homosexual es perfectamente regulable (ya son ganas dada la promiscuidad general de los interesados) pero no se trata de una convivencia que comporte la trascendencia social (más que nada por lo referente al engendro y educación de los hijos) del matrimonio (me abstengo de adjetivarlo, puesto que lo otro no puede ser tal).

Cuando la CE cita a las cooperativas está dando un mandato tácito a los poderes públicos para su especial tratamiento con respecto al resto de formas societarias, y por que no decirlo, para su protección.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Zanjada la cue
Enviado por el día 9 de Septiembre de 2005 a las 22:05
Para que una ley sea inconstitucional, debe vulnerar una prohibición expresa o una orden concreta de la CE.

Esta ley no hace ni lo uno ni lo otro. El matrimonio heterosexual goza, a día de hoy, de la misma protección que antes de la ley actual.

La CE no dice que la ley protegerá especialmente el matrimonio, cosa que sí hace, p ej, con los derechos de los minusválidos. Se limita a garantizar el derecho. Tampoco prohíbe ampliar la institución. De hecho, el art. 32 es uno de los más laxos. Incluso remite toda la regulación matrimonial a la ley ordinaria, ni siquiera orgánica, y sin exigirle nada.

Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Zanjada la
Enviado por el día 9 de Septiembre de 2005 a las 22:10
Para no aburrir más al personal y a modo de resumen podemos decir que tú no crees que la CE defina el concepto básico de matrimonio y yo creo que sí lo hace.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Zanjad
Enviado por el día 9 de Septiembre de 2005 a las 22:15
Buen resumen, Agente-T.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Za
Enviado por el día 9 de Septiembre de 2005 a las 22:18
Gracias, ha sido un placer.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re
Enviado por el día 9 de Septiembre de 2005 a las 22:19
Idem, asi da gusto.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re
Enviado por el día 10 de Septiembre de 2005 a las 03:02
A título personal, he de decir que no aburrís en absoluto. Por lo demás, hay dos premisas:

1. El matrimonio entre homosexuales no está contemplado en la constitución.

2. Hasta donde yo sé, toda reforma legislativa aprobada en la cámara es constitucional mientras la constitución no la haya contemplado, prohibiéndola explícitamente.

Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re
Enviado por el día 13 de Septiembre de 2005 a las 19:34
Ante todo esto mencionar los artículos de la Constitución:
9.1: Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social

10.1 : La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la Ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.

y 14:Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Saluditos.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re
Enviado por el día 13 de Septiembre de 2005 a las 19:45
En todo caso, y refiriéndome a otro hilo sobre la Constitución éstos serían artículos que no deberían reformarse.

Quizás en algunos otros, necesitemos algún debate. Quizás las urnas. Todo es mejorable.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re
Enviado por el día 13 de Septiembre de 2005 a las 20:20
Ese es el 9.2, Celtibera.

El 9.1 es mejor:

"Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico".

Saludos.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re
Enviado por el día 15 de Septiembre de 2005 a las 10:16
junto con el otro de la constitución, éste es uno de los mejores hilos de los últimos tiempos.

en primer lugar, hay que decir que el artículo 32 no está consagrando la heterosexualidad del matrimonio. los constituyentes bien porque, como en muchos otros aspectos de la constitución, se cuidaron de "mojarse", bien porque entonces estaba tan lejos el matrimonio homosexual que parecía algo inimaginable, redactaron este artículo de modo que la norma no está regulando expresamente el matrimonio heterosexual, sino que deja la puerta abierta a otras formas de unión.

por otro lado, dada la regulación que se ha llevado a cabo del matrimonio homosexual, sí que merece una especial protección constitucional. la posibilidad de adoptar hijos y las técnicas de reproducción asistida conjugadas con las presunciones de paternidad del código civil hacen que los matrimonios gays tengan un papel social similar al de los matrimonios heterosexuales. no entiendo cuál sería la diferencia en la protección de una u otra unión.

saludos
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re
Enviado por el día 15 de Septiembre de 2005 a las 13:21
Hay un argumento utilizado de forma recurrente por las personas que están en contra del matrimonio homosexual, a saber, que “matrimonio” se refiere única y exclusivamente a la unión de un hombre y una mujer, dirigido a la procreación, y que por lo tanto no es aplicable a la coyunda de dos personas del mismo sexo.

Podríamos llamarlo “argumento etimológico”, “argumento terminológico” o, simplemente, “palabrería”. Supongo que es ya el último recurso al que acudir cuando no queda otro: intentar salvar las palabras en su pureza original y, de paso, salvar el sacramento católico (¿Cómo se va a mezclar un sacramento con una “depravación grave” “intrínsecamente desordenada”?).

La iglesia católica puede tener un concepto muy bien definido de lo que sea un matrimonio, y en consecuencia negarse a casar a dos gays (según lo que diga el papa, el derecho canónico o el sursum corda). Eso nadie lo pone en duda. Pero dudo mucho que el mismo argumento pueda utilizarse para negar el derecho a dos homosexuales para casarse civilmente.
Si he entendido bien, algunos conceden, en su infinita generosidad, que los homosexuales puedan unirse legalmente, pero que de ninguna de las maneras se llame a eso matrimonio (los más recalcitrantes, los que consideran la homosexualidad una enfermedad, no concederán ni tan siquiera eso; pero son –creo- menos numerosos y también –de eso estoy convencido- menos ruidosos).

Si todo el énfasis recae en que un matrimonio homosexual no puede llamarse matrimonio porque no pueden engendrar hijos, entonces ¿qué hacemos con las parejas heterosexuales en las que uno de los dos miembros, sea el hombre o la mujer, o los dos, son estériles? ¿Tampoco pueden contraer matrimonio porque su acto sexual está “cerrado al don de la vida”?
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re
Enviado por el día 15 de Septiembre de 2005 a las 13:23

Por otra parte, también se podría recurrir a la RAE., como suele hacer castelar, y ahí no hay lugar a dudas (tampoco). El matrimonio es lo que es: hombre y mujer, tantomontamontatanto. Por consiguiente, el problema queda reducido a poner nombre a ese arrejuntamiento eróticofestivo de gays y lesbianas puesto negro-sobre-blanco en una ley del españolísimo parlamento español, gracias al testaferro zETAp y su plan tenebroso para acabar con la RAE, la iglesia católica y esPAña (testaferro de binladen, se entiende).

Puestos a buscar nombre para lo nuevo, la gente suele ser bastante vaga y coge lo que tiene más a mano. Y lo que está más cerca, vaya por dios, es “matrimonio”. Podría crearse un neologismo (como “viciomonio”), pero creo sinceramente que es más razonable, útil y cómodo extender el significado de “matrimonio” a la unión de homosexuales. No sería la primera vez, y tampoco la última, en que una palabra cambie o, como es este caso, amplíe su significado (y supongo que no hay que ser un experto en lingüística para darse cuenta de esto).

Por ejemplo: la palabra “virus” siempre sirvió para denominar algo muy concreto en medicina y, por extensión, en el lenguaje coloquial. Sin embargo, cuando aparecieron esos programas informáticos que se cuelan de tapadillo en los ordenadores y nos hacen la puñeta, ¿qué forma más natural de llamarlos que “virus informático”? Ningún médico se cortó las venas ni se volvió loco porque se hiciera un uso fraudulento del término “virus”, y tampoco nadie piensa que un ordenador “infectado” con un “virus” tenga bichitos paseándose por la placa madre.

Por último: quizás la discusión consista en el monopolio que los vicarios de dios en la tierra pretenden ejercer sobre las palabras, pero eso ya no tiene nada que ver con los homosexuales, y sí con las ansias, deseos y nostalgias de los vicarios de dios en la tierra.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re
Enviado por el día 15 de Septiembre de 2005 a las 13:27
Uno de "La linterna de la Iglesia" ideó el término homunión para así referirse a las uniones entre homosexuales.

Ja, ja, ja
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re
Enviado por el día 15 de Septiembre de 2005 a las 13:35
Realmente me parece un tema cansino.
Todos somos iguales ante la ley, por lo tanto tienen derecho.
La CE en ningún sitio prohibe el matrimonio entre homosexuales.
Es la demanda de una minoría que veía menoscabados sus derechos.
El hecho de que se llame matrimonio, para mi, es algo que me da igual. Que se llamen como quieran.
El matrimonio tradicional, no ha sufrido ningíun recorte de derechos. Únicamente se ha ampliado un derecho a una minoría social que, lo demandara o no, tiene derecho a él.
Un saludo cordial.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re
Enviado por el día 15 de Septiembre de 2005 a las 17:30
Phozas, la solución no es ampliar un derecho positivo (también habría que hacerlo con otras uniones, seguro que la demanda es mayor), sino desregular lo que ya existía. Que quede al margen del Estado, y sea un mero contrato privado que no contemple ventajas legales.

A partir de ahí, las personas que se asocien como quieran. Uno con uno, dos con una, una con uno...

Saludos
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re
Enviado por el día 15 de Septiembre de 2005 a las 17:37
Otra vez la misma cantinela...

Que el matrimonio YA es un contrato privado, pelepatatas!!! Que se regula en el CC, y puedes hacer capitulaciones en el notario!

Otra cosa son las normas fiscales.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re
Enviado por el día 15 de Septiembre de 2005 a las 17:41
A eso me refiero, Arasou. De ese contrato se derivan ventajas fiscales, vamos, que el Estado algo mete el hocico. Llámalo como quieras.

Saludos, panocho.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re
Enviado por el día 15 de Septiembre de 2005 a las 13:35
Homounión…

Se matan a pensar.
A lo mejor se le ocurrió a la misma tipa que "razonaba" así, a pie de calle, en una de las manifas del “foro de la familia”:
http://www.informativos.telecinco.es/imgsed/cope30...
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re
Enviado por el día 15 de Septiembre de 2005 a las 17:19
muy buen post, marat.

phozas, un buen resumen.

saludos
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re
Enviado por el día 15 de Septiembre de 2005 a las 18:13
bueno, pele, pues entonces habría que modificar la constitución...

saludos
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re
Enviado por el día 15 de Septiembre de 2005 a las 18:32
Totalmente de acuerdo. Demasiado socialdemócrata/democristiana, Rafer. :D

Saludos
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re
Enviado por el día 15 de Septiembre de 2005 a las 19:06
Y demasiado autonomista (es decir filonacionalista).
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re
Enviado por el día 15 de Septiembre de 2005 a las 19:09
Porque claro, ser autonomista es ser afín al nacionalismo, si lo sabemos en Cartagena...
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re
Enviado por el día 15 de Septiembre de 2005 a las 19:10
Puede, si no se acota el asunto, derivar en ello, como bien podemos comprobar en nuestra zozobrante realidad.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re
Enviado por el día 15 de Septiembre de 2005 a las 19:14
Los de Cartagena son demasiado introvertidos para saber de nacionalismos. Si se hubiera hablado de San Javier... Lo digo por lo del aeropuerto.

Saludos cordiales

Imperio
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re
Enviado por el día 15 de Septiembre de 2005 a las 19:23
en caragena son cantonalistas. y cartageneros.

saludos
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re
Enviado por el día 15 de Septiembre de 2005 a las 21:46
En Cartagena son "cantaores". Ah, que esos son los de La Unión...


Saludos cordiales

Imperio
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re
Enviado por el día 15 de Septiembre de 2005 a las 23:49
Pues yo digo que nuestra constitución es una mierda. El otro día un borracho me meó en los pantalones y al ir a denunciarlo a un policía municipal me dijo que me aguantara, que la constitución no reflejaba tal comportamiento como ofensivo. Así que me fuí a casa, me di una ducha, me cambié los pantalones y salí a continuar la juerga...
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re
Enviado por el día 16 de Septiembre de 2005 a las 20:06
Totalmente de acuerdo con Pelepatatas,
Las uniones no debieran reducirse a los heteresexuales ni a los homosexuales. Y las ventajas fiscales o legales tampoco.
Teniendo en cuenta los artículos sobre la igualdad y etc y etc...

Y a propósito la Constitución, que yo sepa, no es ninguna Ley divina ni inamobible, y por supuesto, siempre puede cambiarse, por muy dificultosa que resulte la tarea.