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Un Auto anómalo.
Enviado por el día 23 de Noviembre de 2006 a las 11:36
Así debe de calificarse el dictado por el T.S., Sala 2ª,en relacion con el recurso pendiente contra Sentencia de la Audiencia Nacional que consideraba a los "cahorros" de ETA -Jarrai,etc.-como pertenecientes a "asociación ilicita" y no como pertenecientes a banda armada o colaboradores de ésta. Y anómalo porque trata de justificar el incumplimiento de lo dispuesto en el art. 301 de la L.E.C., en relacion con los 678 y 695 de la misma Ley y los arts.149 y 203 de la L.E.Cr.El primero es aplicable a todo tipo de jurisdicciones y conmina su incumplimiento con corrección disciplinaria. Lo que ocurre es que el trabajo acumulado en todos los Tribunales de Justicia, ha hecho inusual su observancia en términos generales, no obstante lo cual siempre ha existido algun que otro Juez, Magistrado o Presidente de Audiencia Provincial, que durante mas de cuarenta y cinco años de servicio activo ininterrumpido han tenido a gala poder decir que jamás dictó una Sentencia fuera de plazo. Es un timbre de honor, por excepcional, y le ha sido reconocido con menciones honrificas y condecoraciones...en plural.Ahora es el Tribunal Supremo, el que siempre debe dar ejemplo, el que se excede, con mucho,en el plazo para sentenciar y, además, trata de justificarlo en la "complejidad y dificultad del caso".Y, para mi, es bien sencillo, no obstante el numero de motivos de impugnacion alegados por las partes recurrentes.Porque basta leer con atención-asumiendo el espiritu de la Ley y del legislador-los arts. 571 y siguientes del C.P. que se refieren a los " delitos de terrorismo" y concretan la clase de actos que significan colaboraciion con banda armada o pertenencia a la misma.Y que actos como los que se cometen en la "kale borroka"- entre otros ,incendios de autobuses urbanos, o impregnación con liquido inflamable a Policias Municipales- encajan tipicamente en los delitos de terrorismo aludidos
es evidente, y que se dude de su "tipicidad " y "antijuricidad",me parece, al menos, sorprendente.¿Porque se dmora la Sentencia hasta Enero próximo?.¿Es un balón de oxígeno para el Gobierno?..¿Es la aplicacion práctica de la "realidad social y politica " que postulan Jueces para la Democracia, y que, según ellos,debe aplicarse a la administracion de la Justicia?.Me temo que las deliberaciones puedan ser enconadas entre los dos Magistrados de la Sala que, al menos, pertenecen a esa asociación, y los otros tres.......
Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 23 de Noviembre de 2006 a las 19:28
El GAL no fue considerado grupo terrorista ni banda armada, manda cojones. Y ahora piden que sean considerados terroristas cuatro gamberros con acné y armados de gasolina.

Papeleras y cajeros se queman en todas la ciudades y no se monta ese barullo.Y agresiones a policías municipales ni les cuento...

Ya lo dijo Garzón: todo es ETA.
Re: Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 24 de Noviembre de 2006 a las 11:25
Cuando se puso en evidencia la trama vaya si se consideró grupo terrorista a los GAL, y fueron condenados Policias, Secretario de Estado de Seguridad y Ministro del Interior, ademas de un General de la Guardia Civil.Y ello a pesar de que , en realidad, era un Grupo ANTITERRORISTA QUE APLICABA SUS METODOS A LOS TERRORISTAS.Pero no supieron actuar como un servicio secreto auténtico, cometieron errores de principiantes y por esa razon- ademas de la venganza de un Juez que quiso ser Ministro y no lo fué-cayeron.Saludos
Re: Re: Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 24 de Noviembre de 2006 a las 11:54
Supongo que está al tanto de la sentencia del supremo Madovi, y esta dice expresamente que el GAL no puede ser considerado grupo terrorista ni banda armada.

Estoy dispuesto a bucear en el google para encontrarla si lo niega.
Re: Re: Re: Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 24 de Noviembre de 2006 a las 12:10
ABSOLVEMOS a todos los acusados de los delitos de pertenencia o colaboración con banda armada, declarando de oficio un tercio de las costas del presente procedimiento.

Condenamos a los mencionados autores del delito de malversación, Sres. Barrionuevo, Vera, Sancristóbal, Alvarez, Planchuelo y Amedo al pago, por partes iguales, de un tercio de las costas de este proceso.

Condenamos a los autores y al cómplice de los delitos de secuestro o detención ilegal, que son todos los acusados, a que, por partes iguales, paguen el otro tercio de las costas.

Acordamos incluir en la condena en costas las devengadas por la actuación de la acusación particular que representó a D. Segundo Marey Samper, y excluimos las ocasionadas por las dos acusaciones populares.

No ha lugar a ninguna de las peticiones de nulidad de actuaciones, ni tampoco a declarar la prescripción por ninguno de los delitos por los que aquí se condena.

Abónese el tiempo de privación de libertad sufrido por algunos de los procesados.

En las piezas de responsabilidad civil se habrá resuelto o se resolverá sobre la solvencia o insolvencia de los ahora condenados.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en la Colección Legislativa, lo pronunciamos, mandamos y firmamos



Re: Re: Re: Re: Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 24 de Noviembre de 2006 a las 17:38
No los condenaron como pertenecientes a banda armada porque eran funcionarios del Estado y autoridades politicas del Estado y, por definición, el Estado no es BANDA ARMADA.Pero si los condenaron por delitos de terrorismo previstos y penados en el art.577 del Código Penal, inserto, como Vd. sabe, en la Seccion 2ª del Capitulo V.-Saludos.
Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 23 de Noviembre de 2006 a las 19:51
Creo que volvemos a lo de siempre... evidentemente, los jueces con las "vaquillas" se defienden dignamente, pero cuando llegan los toros bravos...
Re: Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 24 de Noviembre de 2006 a las 12:33
Usted, señor Reydavid, se inhibe perfectamente de contraargumentar y va a lo suyo, me parece bien, que le vamos a hacer. ¿vaquillas y toros? ¡Ande no me joda! No pretenda usted que me tome en serio sus gracietas infantiles.
Re: Re: Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 24 de Noviembre de 2006 a las 15:53
Respondo al post de Madovi como ha hecho usted. Con ese auto, de algún modo volvemos al bacigalupismo. De lo tuyo... ¿Qué quieres que te diga, Sertress? ¿Que los GAL fueron terroristas? ¡Para eso no hace falta que lo diga yo! Pero sí: fueron terroristas. ¿Que nunca la Justicia lo ha reconocido contra toda evidencia? ¡Nunca lo ha reconocido y era evidente! Pero eso, no hace falta que lo diga yo... ¿Garzón, un prevaricador, un payaso y un bufón? ¡Tres de tres! Ahora: mezclar lo del GAL con estos terroristas callejeros, lo payaso que es Garzón con la Sentencia de la Sala del 61, es excesivo y hasta obsesivo... ¿Qué va a decir la Sala II del Supremo? ¡Quítame este toro de encima! Dirá que esos actos de la parafernalia de ETA, no son terroristas, pero no porque no lo sean, sino para proteger a los protegidos de ZP, que también son al tiempo, sus protectores... ¡Sí, volvemos a lo de Bacigalupo, no hay que estigmatizar...! Lo de siempre. Y creo que tanto Madovi como yo, sabemos perfectamente a qué obedece todo esto... ¿En qué país (o lo que sea este churro) vivimos? ¡Pues eso!
Re: Re: Re: Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 24 de Noviembre de 2006 a las 17:43
Insisto. De momento se trata de justificar una dilacion en la Administracion de Justicia. No puedo vaticinar si la Sentencia será estimatoria o desestimatoria del recurso o recursos de casacion: pero me afirmo en la teoria de que los actos de la "kale borroka" son delitos de terrorismo y estan tipificados en los arts. 571 y siguientes del Código Penal,insertos en el Capitulo V, Sección 2ª, titulada " de los delitos de terrorismo".Saludos.
Re: Re: Re: Re: Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 24 de Noviembre de 2006 a las 17:58
Re: Re: Re: Re: Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 25 de Noviembre de 2006 a las 09:09
¿Y cual es la diferencia entre que un ultrasur queme una papelera o lo haga un gamberro borrokilla? Si el GAL no fue considerado un grupo terrorista no veo el motivo para hacerlo con los "angelitos" de la kale borroka.

No es bueno confundir las cosas, el hecho que los borrokillas tengan una determinada forma de pensar no les convierte en terroristas. Como tampoco convierte en terrorista a la guardia civil y policía nacional por el hecho de que el GAL tuviera en sus filas y fuera dirigido por algunos y que muchos de sus miembros aplaudan o justifiquen sus acciones.

Para considerar terrorista a un grupo es necesario que esté armado, los borroka-boys no cumplen ese requisito. Lo que les transforma en gamberros callejeros más o menos organizados, como los ultra sur o cualquier pandilla callejera que habitan las ciudades. No vamos a cerrar el Bernabeu ni poner en solfa a todos sus socios por ese motivo.

Sería estúpido.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 25 de Noviembre de 2006 a las 09:29
La Policía como tal, actuando de cara, no puede ser considerada terrorista. Ahora: una cuestión distinta son aquellos policías que actúan por la espalda promoviendo el terrorismo: esos son terroristas. Banda armada. ¿Bandas callejeras? ¿Considerarlas terroristas? ¡Sí, sería lógico! Los radicales vascos violentos cuentan con la tutela de ETA y eso les convierte en terroristas, así como el hecho de ser la infantería ligera al servicio de los fines terroristas. ¿No van armados? ¡Venga hombre! ¡Eso no te lo crees ni tú! ¿El Real Madrid, grupo terrorista? ¡Venga hombre! ¡Cuéntale esa fábula a tu tía! Insisto: los Ultra Sur, según la definición actual, (estúpida, por cierto) no son considerados terroristas, por no contar con la tutela de organizaciones terroristas, aunque practican terrorismo... ¡No pretendas hacerme creer que la delincuencia común es lo mismo que el terrorismo etarra o paraetarra! Los cachorros que hacen labores de seguimiento, de agresión y acoso antidemocrático a los opositores, recopilando información para los terroristas, son tan terrirstas como los que ponen bombas... ¡Y esto evidentemente, vale también para los que agredieron a Arcadi Espada, Acebes, Piqué, o para los que en Baleares boicotean conferencias contra quien protesta por lo de meter el catalán a la fuerza a los niños de Baleares.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 25 de Noviembre de 2006 a las 09:52
Bueno, lo de matar a los etarras en sí, era una buena causa... ahora, lo de llevarse el dinero y pactar con la ETA lo del 11-M... ¡Es repugnante! ¡Cómo engañaron a la gente! ¡Luego resultó que ETA dejó de ser aceptable para el PSOE sólo en el momento en el que mataron socialistas! ¡Luego resultó que ETA volvió a ser considerafda útil para el PSOE cuando a raíz de la mayoría absoluta de Aznar, necesitaron de sus servicios para ganar las elecciones! ¡Era todo mentira! Ni era altruísmo, ni luchaban contra el terrorismo los del PSOE...
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 25 de Noviembre de 2006 a las 10:21
Yo que no sé nada de leyes, sé lo que pasa... los terroristas y ZP se protegen mutuamente por el tema del 11-M. ¿Resultado? Que con la ETA no hay cojones en la judicatura... ¡Hablemos claro! Lo demás uy ay uy ay ta ta ta. bla bla bla. La verdad es esa. Así de sencillo...
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 25 de Noviembre de 2006 a las 11:26
Y estos jueces son... unos payasos al servicio de ETA y Zapatero.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 25 de Noviembre de 2006 a las 11:33
Un pequeño detalle, para decir que la kale borroka está tutelada directamente por ETA hacen falta pruebas, y estas no existen.

Que existe una conexión ideológica es algo evidente pero que la kale borroka sea una extensión de ETA es otra cosa muy distinta.

Es evidente que ETA se nutre de un entorno social que le es favorable y que no va a ir donde los Ultrasur a reclutar a gente, eso es obvio.Pero de la misma manera que no se criminaliza a los socios del Madrid por tener en sus filas a delincuentes ultras no podemos criminalizar un entorno social por el hecho de que sus ideas sean unas y no otras.

Confundimos las cosas, me temo. O a lo peor no las confunden y quieren hacer un totum revolutum de todo esto.

Ya lo dijo Garzón: todo es ETA.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 25 de Noviembre de 2006 a las 11:38
¡Basta ya de mariconear con los terroristas! ¿A quiénes acosan los cachorros? ¡A los que luego van a ser víctimas! Claro, como tú no vas a ser víctima, no lo notas... ¡nos ha jodido!
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 25 de Noviembre de 2006 a las 12:14
Resulta gracioso comprobar como se salen por la tangente algunos de ustedes cuando se les aprietan las clavijas democráticas.O la callada por respuesta o arribaspaña, fuera rojos de mierda, que si las víctimas por aquí y la grandeza española por allá.

De esa España yo me quiero bajar...en fin, es lo que hay.

Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 25 de Noviembre de 2006 a las 14:33
Te agarras a las pruebas... ¡a ver! ¿Qué pruebas materiales hay de que Pinochet fuera un asesino en masa? Sí, las bombas y las palizas las dieron sus cachorros, pero nadie duda de que fue él.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 25 de Noviembre de 2006 a las 16:05
Probar que los "cachorros" de Pinochet dependían jerárquicamente de él es lo más sencillo del mundo, era su general en jefe. Otra cosa será probar si cumplian órdenes directas, eso es más complicado, pero parece que existen unas cuantas pruebas, si no lo juzgan es por otros motivos.

Lo que es evidente es que no se le podría condenar si no existieran pruebas. Las convicciones personales no demuestran nada.

Por ejemplo, yo puedo estar convencido de que determinados foreros se alegrarían de que ETA volviera a cometer un atentado mortal, cuanto más atroz mejor, que son unos fascistas y antidemócratas de arriba a abajo, gente vil y sin escrúpulos que prefiere la muerte (la ajena, por supuesto) a que el gobierno de una salida más o menos airosa a todo el asunto. Puedo estar convencido que el PP antepone sus intereses electorales a la consecución de la paz y que en él manda el sector de la extrema derecha.

Eso no no prueba absolutamente nada.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 25 de Noviembre de 2006 a las 16:10
Lo que resulta conmovedor es que haya que explicar el ABC de la democracia y de lo que debe ser un estado de derecho garantista a ciertas personas. Algo que debiera estar tan asumido e interirorizado en un verdadero demócrata que no se debería ni plantear.

Por algo será.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 25 de Noviembre de 2006 a las 17:22
Reydavid dice: Te agarras a las pruebas... como si eso fuera algo accesorio y prescindible, como si bastara con la particular convicción moral de cada uno para condenar.

Pues claro que me aferro a las pruebas, !no te jode! ¿a qué otra cosa se puede aferrar alguien que defiende el estado de derecho?.

Lo dicho, explicando el abc de la democracia al alguien que presuntamente se considera demócrata.

Algunos lo son a tiempo parcial, según y como, a favor o en contra de quién, sople uno u otro viento y convenga o deje de convenir.

Demócrata sí, pero dentro de mi orden.
Enviado por madovi desde España el día 24 de Noviembre de 2006 a las 17:38
Enviado por el día 25 de Noviembre de 2006 a las 17:56
Madovi dice:

"No los condenaron como pertenecientes a banda armada porque eran funcionarios del Estado y autoridades politicas del Estado y, por definición, el Estado no es BANDA ARMADA.Pero si los condenaron por delitos de terrorismo previstos y penados en el art.577 del Código Penal, inserto, como Vd. sabe, en la Seccion 2ª del Capitulo V.-Saludos."

Esto es que al ser funcionarios del estado no pueden organizarse en banda armada, por axiomática definición. Además eso es falso Madovi, no los condenaron por delitos terroristas, es más, los exculpan de ello, todo grupo terrorista es banda armada aunque no toda banda armada ha de ser grupo terrorista. No los condenaron ni por uno ni por otro motivo.

3°) La referida STC 199/1.987 (FD 4°) nos obliga a una interpretación restrictiva del concepto de banda armada, en coincidencia con la jurisprudencia de esta Sala, porque este último concepto no puede separarse del de "elementos, organizaciones o grupos terroristas" con el que aparece unido, tanto en nuestra Constitución (art. 55.2) como en las distintas Leyes que han regulado esta materia en los últimos tiempos y en el CP vigente (art. 515.2° y 571 a 577), de tal modo que hemos de añadir un elemento más a este concepto: que se trate de grupos que por el uso del armamento que poseen o por la clase de delitos que cometen causen inseguridad en la población con tal intensidad que pueda considerarse que se impide el normal ejercicio de los derechos fundamentales propios de la ordinaria y habitual convivencia ciudadana, lo que constituye uno de los presupuestos imprescindibles del orden político y de la paz social (art. 10.1 CE), es decir, que produzcan miedo a un grupo o a la generalidad de la población, que es el signo distintivo del terrorismo.

....

Con relación al 3°, no puede decirse que el hecho aislado del secuestro llegara a perturbar la convivencia ciudadana por producir la alarma o miedo propios del terrorismo.


Re: Enviado por madovi desde España el día 24 de Noviembre de 2006 a las 17:38
Enviado por el día 25 de Noviembre de 2006 a las 17:58
Te voy a llamar Jobtress, por lo de la paciencia...
Re: Re: Enviado por madovi desde España el día 24 de Noviembre de 2006 a las 17:38
Enviado por el día 25 de Noviembre de 2006 a las 17:59
Es una afición como otra cualquiera, Fedro. Además no me insultan.

Besitos.
Re: Re: Re: Enviado por madovi desde España el día 24 de Noviembre de 2006 a las 17:38
Enviado por el día 25 de Noviembre de 2006 a las 18:00
:)
Re: Enviado por madovi desde España el día 24 de Noviembre de 2006 a las 17:38
Enviado por el día 25 de Noviembre de 2006 a las 18:51
No voy a discutir una Sentencia antigua, que es firme de Derecho. Aunque, utilizando sus propios argumentos, me afirme en mi criterio de que los integrantes de los grupos de "kale borroka" son "grupos que por el uso del armamento que poseen o por la clase de delitos que cometan causen inseguridad en la población...." , por consiguiente, y por su reconocida vinculación con ETA-cuyo ideario y finalidades comparten y secundan con sus acciones revolucionarias- han de ser considerados como " del entorno de ETA" y, consiguientemente "colaboradores con banda armada".Porque tienen y utilizan sustancias y explosivos incendiarios que el Código Penal en su art.569 equipara a armas o a "tenencia de armas"....Naturalmente, respetando las opiniones contrarias.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 25 de Noviembre de 2006 a las 18:13
"Para considerar terrorista a un grupo es necesario que esté armado, los borroka-boys no cumplen ese requisito", dice "sertress". Y yo quisiera recordarle que no solo son "armas" las pistolas o las metralletas. Tambien lo son las "sustancias o aparatos explosivos, INFLAMABLES,INCENDIARIOS O AXFISIANTES, o sus componentes, asi como su fabricación, tráfico o transporte....".(Art.568 del Código Penal). ¿ Y los borroka-boys no usan esos artilugios para poner en peligro la vida de los usuarios de un autobús urbano, por ejemplo?.Saludos.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 25 de Noviembre de 2006 a las 19:20
Y el hecho indiscutible de que acosan a los "morituri" de ETA, con una coincidencia bárbara... Pero hoy en Madrid ha ganado la democracia: frente a la lluvia de insultos, de indecencias, frente a las imputaciones de que deseamos las muertes ajenas, sólo cabe la rebelión cívica y democrática, esto ha sido el Madrid ejemplar y democrático. Me alegra igualmente que haya fracasado la intoxicación bastarda del maltratador Eguiguren, poniendo como escudo a las mujeres maltratadas contra esta rebelión cívica y democrática. Las mujeres maltratadas, las mujeres que no lo son, pero que con toda justicia se oponen a esa realidad y los hombres de bien, somos mucho más inteligentes de lo que nos supone el bastardo maltratador proetarra Eguiguren... ¡Y no aceptamos la prostitución de una causa digna, (la guerra a los maltratadores como Eguiguren) como parapeto en defensa de los terroristas, de pactar con ellos y en defensa del encubrimiento del 11-M, como querían estos bastardos. Y no os quepa duda de que cuando haga falta, nos manifestaremos contra los maltratadores... sin la prostitución de la causa por gentuza como Eguiguren.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 25 de Noviembre de 2006 a las 19:31
Madovi, una piedra también es un arma si se utiliza con intención dolosa. Una botella de cristal rota puede ser otra o incluso un zapato de tacón de aguja.

No creo que el gremio de canteros, zapateros, cristaleros o gasolineros pueda ser acusado de tráfico de armas.

Digo yo... así... a bote pronto...no sé...

Un saludo.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 25 de Noviembre de 2006 a las 19:36
Pero... ¿has visto con qué precisión han atacado la sede de la Subdelegación del Gobierno? ¡Cómo han neutralizado las cámaras de seguridad! ¡Qué rapidez y eficiencia! Eso... ¿de dónde lo han aprendido? Otra cosa... ninguna banda mafiosa, paramilitar o de la droga se mueve ahí sin la tutela etarra... No sé, infórmate en los mundos del hampa...
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 25 de Noviembre de 2006 a las 20:51
Pues son unos rajados estos jueces... Y eso que yo de leyes... pues ni idea.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 26 de Noviembre de 2006 a las 11:28
Te recuerdo, una vez mas, "sertrress", que el Código Penal no menciona las piedras,las botellas ni los cuchillos que si son "armas blancas". Pero si los "explosivos " y " sustancias incendiarias" que se pueden utilizar para causar incendios con la finalidad de aterrorizar a una población... (Arts. 568 y 569 del C.P.)
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 26 de Noviembre de 2006 a las 11:56
Son estos los artículos:

Artículo 568
La tenencia o el depósito de sustancias o aparatos explosivos, inflamables, incendiarios o asfixiantes, o sus componentes, así como su fabricación, tráfico o transporte, o suministro de cualquier forma, no autorizado por las leyes o la autoridad competente, serán castigados con la pena de prisión de cuatro a ocho años, si se trata de sus promotores y organizadores, y con la pena de prisión de tres a cinco años para los que hayan cooperado a su formación.

Artículo 569
Los depósitos de armas, municiones o explosivos establecidos en nombre o por cuenta de una asociación con propósito delictivo, determinarán la declaración judicial de ilicitud y su consiguiente disolución.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 26 de Noviembre de 2006 a las 12:00
Y aquí va un tercero, que le viene como anillo al dedo en lo de colaborar con las finalidades terroristas, mediante el acoso coordinado a los morituri...

Artículo 576
1. Será castigado con las penas de prisión de cinco a diez años y multa de dieciocho a veinticuatro meses el que lleve a cabo, recabe o facilite, cualquier acto de colaboración con las actividades o las finalidades de una banda armada, organización o grupo terrorista.
2. Son actos de colaboración la información o vigilancia de personas, bienes o instala-ciones; la construcción, el acondicionamiento, la cesión o la utilización de alojamientos o depó-sitos; la ocultación o traslado de personas vinculadas a las bandas armadas, organizaciones o grupos terroristas; la organización de prácticas de entrenamiento o la asistencia a ellas, y, en general, cualquier otra forma equivalente de cooperación, ayuda o mediación, económica o de otro género, con las actividades de las citadas bandas armadas, organizaciones o grupos terro-ristas.
Cuando la información o vigilancia de personas mencionada en el párrafo anterior ponga en peligro la vida, la integridad física, la libertad o el patrimonio de las mismas, se impondrá la pena prevista en el apartado 1, en su mitad superior. Si llegara a ejecutarse el riesgo preveni-do, se castigará el hecho como coautoría o complicidad, según los casos.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 26 de Noviembre de 2006 a las 12:05
Artículo 571
Los que perteneciendo, actuando al servicio o colaborando con bandas armadas, organi-zaciones o grupos cuya finalidad sea la de subvertir el orden constitucional o alterar gravemen-te la paz pública, cometan los delitos de estragos o de incendios tipificados en los artículos 346 y 351, respectivamente, serán castigados con la pena de prisión de quince a veinte años, sin perjuicio de la pena que les corresponda si se produjera lesión para la vida, integridad física o salud de las personas

¿Jarrai realiza a veces estos actos? ¡Sí! ¿Con finalidad subversiva? ¡La misma que la de ETA! Pues entonces... déjate de pamplinas, Sertress.
Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Re: Un Auto anómalo.
Enviado por el día 26 de Noviembre de 2006 a las 13:15
Según eso cualquier persona que adquiera una garrafa de gasolina puede ser acusado de tenencia ilícita de armas.

Seamos serios.